top of page

Consentimiento informado en la era digital: ¿realmente sabemos qué aceptamos en Ecuador?

¿Cuántas veces has hecho clic en “Aceptar” sin leer una sola palabra?
¿Cuántas veces has hecho clic en “Aceptar” sin leer una sola palabra?

En un mundo hiperconectado, donde casi todo servicio digital requiere tus datos personales, el “acepto los términos y condiciones” se ha convertido en una rutina automática. Sin embargo, en Ecuador, con la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP), esta práctica ya no es tan inocente como parece.


El consentimiento informado es una piedra angular de esta ley. Pero ¿qué tan informado es realmente ese consentimiento? ¿Qué implica legal y éticamente para empresas y usuarios? En este artículo exploraremos por qué este tema es mucho más que un formalismo legal, y cómo puede marcar la diferencia entre proteger la privacidad... o perderla sin darnos cuenta.



¿Qué es el consentimiento informado según la LOPDP?



La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP), vigente en Ecuador desde 2021, establece requisitos claros para el consentimiento que se solicita al tratar datos personales. Ya no basta con una casilla marcada por defecto ni con esconder condiciones entre textos jurídicos interminables.


Según el Artículo 8 de la LOPDP, el consentimiento debe ser: “libre, específico, informado e inequívoco, otorgado mediante una declaración o una clara acción afirmativa.”


¿Qué significa esto en la práctica? Que la persona titular de los datos debe:

  • Saber exactamente qué datos se recogen y por qué.

  • Entender quién los usará, con qué fines, por cuánto tiempo y si se transferirán a terceros (dentro o fuera del país).

  • Aceptar de forma voluntaria, sin presiones ni condiciones encubiertas, con la posibilidad de negarse sin que eso impida el acceso a servicios esenciales.


Además, el Artículo 8 obliga al responsable del tratamiento a demostrar que obtuvo el consentimiento, lo cual implica tener mecanismos verificables (como registros electrónicos, sistemas de trazabilidad o formatos físicos firmados).


En resumen, el consentimiento ya no es solo un clic: es un acto consciente y válido que garantiza que el titular tiene control sobre sus datos. Y para las organizaciones, ya no es una opción: es una obligación legal.



Casos comunes de consentimiento dudoso en Ecuador



Aunque la Ley exige un consentimiento informado, en la práctica todavía vemos muchos casos en los que este principio se aplica de forma superficial o, incluso, se ignora por completo. A continuación, repasamos algunas situaciones comunes en Ecuador donde el consentimiento es, como mínimo, cuestionable:


Formularios que obligan a aceptar todo para continuar. Muchas plataformas digitales (públicas y privadas) no permiten acceder a un servicio si el usuario no acepta el tratamiento de todos sus datos, incluso los no necesarios. Esto vulnera el principio de proporcionalidad de la LOPDP.


Apps que no explican qué datos recogen ni para qué. Por ejemplo, aplicaciones móviles que solicitan acceso al micrófono, cámara o ubicación, sin justificación clara, y sin un aviso previo que explique el uso de esa información. Esto contradice el requisito de información previa y específica.


Uso de “consentimiento por defecto” o implícito. Hay sitios web que indican que, “si continúas navegando, aceptas el uso de tus datos”. Este tipo de consentimiento no es válido bajo la ley ecuatoriana, ya que no es ni expreso ni verificable.


Servicios que no permiten retirar el consentimiento. Incluso si un usuario desea retirar su consentimiento o ejercer sus derechos, muchas veces no hay un canal visible para hacerlo. Esto contradice el principio de autodeterminación informativa y los derechos de los titulares establecidos en el Artículo 12.


Campañas de marketing sin autorización previa. Empresas que envían correos promocionales, llamadas o mensajes de WhatsApp sin haber obtenido permiso claro, utilizando bases de datos adquiridas de forma poco transparente.


Estos ejemplos muestran que aún existe una brecha entre lo que la ley exige y lo que se aplica en la práctica. Identificarlos es el primer paso para avanzar hacia una cultura real de protección de datos.



Según el Informe de Madurez en Protección de Datos Personales en el Sector Privado Ecuatoriano 2023, elaborado por el Observatorio de Ciberseguridad del Ecuador y la Alianza para el Emprendimiento y la Innovación (AEI),


El 67% de las empresas encuestadas no sabían cómo registrar ni conservar evidencia del consentimiento otorgado por sus usuarios. Esto refleja una brecha significativa entre lo que establece la LOPDP y lo que se implementa realmente en las organizaciones.

Riesgos para empresas y usuarios


Ignorar las exigencias del consentimiento informado no es un simple descuido: es un riesgo real. Tanto para las empresas como para los usuarios, no tomarse en serio esta obligación puede tener consecuencias serias.


Para las organizaciones:

  • Sanciones económicas: La LOPDP establece multas de hasta 0,7% del volumen de negocios anual para infracciones muy graves. Y no contar con pruebas del consentimiento es, sin duda, una de ellas.

  • Daño reputacional: La pérdida de confianza del cliente puede ser incluso más costosa que la multa. En una economía digital, la privacidad se está convirtiendo en un valor de marca.

  • Litigios y responsabilidad civil: Los titulares de datos pueden exigir compensaciones por uso indebido o no autorizado de su información.



Para los usuarios:

  • Pérdida de control sobre su información: Al no saber para qué se usan sus datos, el titular queda expuesto a usos que no autorizaría voluntariamente.

  • Exposición a fraudes o suplantación de identidad: La filtración o mal manejo de datos personales puede facilitar delitos digitales.

  • Discriminación algorítmica: En algunos contextos (créditos, seguros, empleo), el uso de datos sin consentimiento puede derivar en decisiones automatizadas injustas.



En definitiva, el consentimiento no es solo un requisito legal: es una garantía para la autonomía personal y una herramienta de confianza empresarial. Y cuando se gestiona mal, todos pierden.



¿Qué deberían hacer las organizaciones en Ecuador?


Cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales no tiene por qué ser complicado, pero sí requiere voluntad, organización y enfoque. Aquí te dejamos una checklist práctica que cualquier empresa, institución o emprendimiento en Ecuador puede usar para revisar su proceso de consentimiento:


¿Solicitas el consentimiento de forma clara y entendible?

Usa un lenguaje accesible, sin tecnicismos legales innecesarios. Evita los textos “copia y pega” que nadie lee.


¿Informas exactamente qué datos recopilas y para qué?

Sé específico: si vas a usar datos para marketing, encuestas o análisis, dilo. Y si los vas a compartir con terceros, también.


¿Diferencias entre datos necesarios y opcionales?

No obligues a aceptar todo. El consentimiento para fines secundarios (como publicidad) debe ser separable.


¿Tienes una forma de demostrar que obtuviste el consentimiento?

Guarda registros (digitales o físicos) con marca de tiempo, nombre del usuario, y los términos que aceptó.


¿Permites que el usuario retire su consentimiento fácilmente?

El Artículo 12 de la LOPDP reconoce este derecho. Debe haber canales visibles y accesibles para ejercerlo.


¿Tu equipo está capacitado en protección de datos?

Muchas violaciones ocurren por desconocimiento interno. Invertir en formación es parte del cumplimiento.


¿Revisas y actualizas tus políticas periódicamente?

El consentimiento no es eterno. Si cambias tus prácticas, debes informar y volver a solicitar autorización.


Este enfoque proactivo no solo te protege legalmente, también fortalece la confianza de tus usuarios. En un mercado cada vez más consciente de la privacidad, cumplir con la ley es solo el piso: el verdadero diferencial está en superarla.



La protección de datos no es solo una responsabilidad legal: es un acto de respeto.


Cuando una empresa solicita el consentimiento de forma clara, lo hace reconociendo que las personas tienen derecho a decidir sobre su información. Y cuando un ciudadano exige transparencia, está ejerciendo su poder como titular de datos.



En Ecuador, estamos construyendo una cultura de privacidad desde cero. Eso significa que aún hay margen para educar, para mejorar y para destacar. Las organizaciones que den un paso al frente —no solo para cumplir, sino para proteger activamente los derechos de sus usuarios— estarán mejor posicionadas en un mercado donde la confianza lo es todo.


🔐 Si eres empresa: Empieza hoy. Audita tus formularios, revisa tus términos, capacita a tu equipo. La LOPDP ya está vigente, y el cambio empieza desde dentro.


🙋‍♀️ Si eres usuario: No tengas miedo de preguntar: ¿por qué me piden estos datos?, ¿para qué los van a usar?, ¿puedo decir que no? Recuerda: tu información es tuya, y tienes derecho a saber cómo se maneja.


El consentimiento informado no es un trámite más. Es la base de una relación digital sana, ética y transparente. Y si logramos fortalecerlo desde ahora, estaremos sembrando la confianza que el Ecuador digital necesita.

 
 
 

Comments


bottom of page